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CLASIFICACIÓN FRENTE AL RIESGO Los titulares o concesionarios de presas están obligados a enviar
a la Dirección General de Obras Hidráulicas una propuesta
razonada de clasificación frente al riesgo de rotura o mal funcionamiento
de cada una de sus presas. Todo ello según se indica en la Directriz
Básica de Planificación de Protección Civil y en
el Reglamento Técnico sobre Seguridad de Presas y Embalses. Cálculo del efecto de la rotura Además de la necesaria descripción de las características principales de la presa, se realiza una comprobación de los daños que aguas abajo se pueden producir en la eventualidad de una rotura de la presa o un mal funcionamiento de la misma. Esta comprobación se apoya en un programa informático de simulación del efecto de la rotura pudiéndose evaluar el alcance del agua en los terrenos afectados por la presa. Todo ello de acuerdo a lo propuesto en la directriz de Protección Civil. Comprobación sobre el terreno Conocidas las zonas perjudicadas por la eventual rotura, se inspeccionan mediante las visitas necesarias los lugares afectados, utilizando la cartografía necesaria para determinar el alcance de los daños y proponer razonadamente una clasificación dentro de las categorías A, B o C. Clasificación En función del riesgo derivado de la rotura, cada presa será clasificada dentro de una de las tres categorías A, B o C. Consecuencias de la clasificación
resultante Como consecuencia de la clasificación resultante,
las exigencias de revisión de seguridad de la presa, instalación
de elementos de control, periodicidad de futuras inspecciones, informes
correspondientes, etc, serán más o menos duras, derivándose
de ello gastos y responsabilidades. |
![]() CLASIFICACIÓN DE LAS PRESAS EN
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Auscultación y Taller de Ingeniería SA -- Orense 14, 4º D 28020 Madrid -- T: +34 91 555 69 13 -- F: +34 91 555 84 13 |
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