DESCRIPCIÓN

El grado de cumplimiento actual de la normativa vigente en materia de presas, así como la tramitación y aprobación de los documentos resultantes, se encuentra ante numerosos obstáculos que dificultan que pueda realizarse de un modo óptimo. La existencia de numerosos expedientes, formados a veces por documentos muy heterogéneos, con distintos criterios en cada Confederación u Organismo de cuenca, con titulares de muy diversa índole, hace que aumente notablemente la dificultad de los trabajos.

Todos los documentos de seguridad de presas deben ser informados por la Administración Hidráulica competente; sin embargo, en la actualidad existe un elevado número de estos documentos pendiente de estudio para poder ser informados favorablemente, si procede, o por el contrario, requerir al Titular de la presa una serie de matizaciones o mejoras para poder continuar con su tramitación. Desde ATI se ofrece un alto conocimiento de la normativa actual aplicable, de la metodología a emplear en la elaboración de documentos exigidos por aquella y del procedimiento administrativo para su aprobación. También se dispone de una amplia experiencia en el trato con distintas administraciones y grandes concesionarios, incluyendo alguna experiencia con pequeños concesionarios.

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En el desarrollo de estos trabajos de Asistencia Técnica, típicamente se establece y somete a la aprobación de la Dirección un protocolo de análisis y requisitos de aprobación de la información suministrada por las Comisarías u Organismos de cuenca interna; a dicho protocolo se le da la publicidad conveniente dentro de los técnicos implicados en la elaboración de los documentos.

Se estudian posteriormente los documentos recibidos procedentes en primera instancia de los Titulares de presas o balsas, dando como resultado un informe en el que se analiza su contenido proponiendo, en su caso, mejoras al trabajo recibido o su aprobación si procede; en este último caso se redactaría un borrador de Resolución que se pone a disposición de la Dirección de los trabajos junto con el informe resultante.

Actualmente el procedimiento habitual que siguen los distintos documentos, y que en principio se repetirá, es el siguiente:

1. Elaboración del documento por parte del Titular, presentándolo en la Confederación Hidrográfica u Organismo de cuenca interno correspondiente para su aprobación.

2. Análisis del documento en la Administración, pudiendo solicitar información complementaria al Titular.

3. Si la Confederación Hidrográfica considera convenientemente justificado el contenido del documento, remite éste a la Dirección General del Agua para su aprobación (trámite equivalente en el caso de estar transferidas las competencias en la cuenca interna).

En el caso particular de los Planes de Emergencia el proceso de tramitación es algo más extenso, al estar involucrada también la Comisión Nacional de Protección Civil.